De las nuevas propuestas de gobierno vinculadas a la seguridad pública recientemente formuladas, se pueden destacar varios ejes temáticos claramente definidos. En principio el traspaso de la policía Federal Argentina al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la implementación del denominado “plan anillo digital de seguridad” entre la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las reformas realizadas en la Policía de la Provincia de Buenos Aires, y finalmente, aún en danza, el paquete de medidas normativas atinentes a la figura del arrepentido, la regulación de precursores químicos destinadas a la producción de drogas ilícitas, actuación policial directa en casos de flagrancia y las extinción del dominio en favor del Estado de aquellos bienes adquiridos mediante la realización de actividades ilícitas.
Comenzando el análisis vinculado al traspaso de las fuerzas federales al ámbito de actuación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde recordar que la Policía Federal Argentina fue creada el 24 de diciembre de 1943, mediante el Decreto número 17.750 sobre las bases de la antigua Policía de la Capital, que operó en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires desde 1880 hasta aquel año, y entró en funciones el 1 de enero de 1945. Luego de la reforma Constitucional de 1994 donde se atribuyó autonomía a la entonces Capital Federal, a través del artículo 124 de la Constitución Nacional, se sancionó la Ley “Cafiero” Nro. 24.588 de noviembre de 1995 por el cual la nueva Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mantenía parte de la Justicia en manos de los Poderes Nacionales y le daba marco legal al accionar de la Policía Federal en el ámbito de la ciudad cumpliendo funciones de Policía de seguridad. En su artículo 7mo. establecía que “la Policía Federal conservaba su jurisdicción en la ciudad y prohibía la creación de organismos de seguridad sin autorización del Poder Legislativo Nacional.”
Esto se mantuvo hasta la sanción de la Ley 26288 en setiembre de 2007 donde se modificó éste último artículo y quedó establecido que “…El Gobierno nacional ejercerá en la Ciudad de Buenos Aires, mientras sea Capital de la República, sus funciones y facultades en materia de seguridad con la extensión necesaria para asegurar la efectiva vigencia de las normas federales. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ejercerá las funciones y facultades de seguridad en todas las materias no federales.
El Gobierno nacional las seguirá ejerciendo hasta tanto aquel ejercicio sea efectivamente asumido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La Ciudad de Buenos Aires podrá integrar el Consejo de Seguridad Interior”, por lo cual la materia deslinde de actuación es el tratamiento de cuestiones federales, las cuales resultan ser de naturaleza originaria nacional, separando en consecuencia la aplicación en cuestión de territorio. Vale decir, no resulta determinante el lugar de actuación de las fuerzas federales, sino en tanto qué hechos y situaciones le corresponde actuar. Por otro lado la reforma agregaba que se celebrarían los convenios necesarios entre el Gobierno Nacional y la Ciudad Autónoma para lograr tales fines.
En este contexto precedente, en enero pasado se celebró la pauta respectiva entre el Presidente y el Jefe de Gobierno Porteño, por el cual se traspasarán entre 17 y 19 mil Policías Federales que trabajan en el ámbito de la Ciudad, a la órbita de la Jefatura de Gobierno.
El convenio establece que la transferencia se materializará de manera gradual y progresiva, dividiéndose el proceso en dos etapas. Una etapa de transición prevista por el plazo de un un año, durante la cual, la Nación y el Gobierno de la Ciudad se comprometen a realizar sus mayores esfuerzos y brindar el servicio de seguridad necesario para que a través de las áreas pertinentes, se ejecute de manera gradual la transferencia respecto de cada uno de los agentes, organismos, funciones, competencias, servicios y bienes, hasta que se logre su implementación apropiada y una segunda etapa de consolidación con compromiso de la Nación de continuar brindando apoyo en todas aquellas materias relativas al traspaso que sean específicamente requeridas.
Dicha articulación se realizará a través de equipos de trabajo comprendidos entre ambas fuerzas, constituyéndose los mismos a modo de órganos transitorios de coordinación, seguimiento, elaboración y ejecución de un cronograma de transferencia preestablecido.
El traspaso no sólo comprende los recursos humanos respectivos, sino también organismos, funciones, competencias, servicios y bienes, tanto materiales (muebles e inmuebles) como inmateriales (sistemas informáticos, de seguimiento y/o de comunicación), y en particular las áreas atinentes al ámbito de la ciudad vinculadas a las Superintendencias de Seguridad Metropolitana, Bomberos, Policía Científica, Investigaciones Federales, Tecnologías de la Información y Comunicaciones y Aviación Federal.
Las modificaciones no afectan a los agentes públicos transferidos, quienes conservan el nivel escalafonario, remuneración, antigüedad, derechos previsionales y de cobertura social que tuvieran al momento de la transferencia, o sus equivalentes, de acuerdo a la normativa vigente, comprometiéndose ambos gobiernos a evaluar la adopción de medidas legales, presupuestarias y a la suscripción de los instrumentos y convenios necesarios, tendientes a brindar un goce equitativo de los derechos de carrera, sociales y previsionales de todos aquellos agentes que conformen la policía local.
Finalmente, en una continuidad de políticas públicas adoptadas con anterioridad, ambos gobiernos mantienen la implementación del Operativo Unidad – Cinturón Sur, establecido durante el gobierno anterior mediante Decreto 864/2011, que complementa sinérgicamente los cuerpos policiales, fuerzas de seguridad federales, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina por zonas, ello con finalidad de mejorar la prevención de seguridad ciudadana.
Por otro lado, recientemente, la Jefatura de Gobierno porteño y la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires, junto a otras medidas en común vinculadas a la salud pública, lanzaron el programa “anillo digital de seguridad”, para el área metropolitana.
El objetivo del mismo busca monitorear el ingreso y egreso de vehículos con lectores de patentes para identificar órdenes de secuestro en los mismos, instalando puestos de control en el perímetros de la General Paz y en las rutas interurbanas. Por otro lado, se ha manifestado el compromiso mutuo de compartir los registros de manipulación de autopartes existentes en ambas jurisdicciones, ello tendiente al control de las mismas y a paliar su reducción y encubrimiento, en tanto motivador mediato de otros delitos más gravosos contra la propiedad ó la vida, ya que por la búsqueda de autopartes, el delincuente roba los vehículos con armas de fuego, generando un cuadro potenciador que muchas veces acaba con la vida de la víctima. El programa busca generalizar la implementación del denominado del sistema TRASA (Terminal de Reconocimiento Automático de Secuestro Automotor), equipamiento que permite la lectura de las patentes para verificar de manera instantánea si tiene pedido de captura, a la fecha testeado en modo piloto en algunas localidades del conurbano.
También el programa político hace hincapié en la capacitación de las fuerzas policiales y la implementación de medios tecnológicos en la lucha contra la delincuencia.
En tercer lugar, días atrás se puso en marcha la denominada “Reforma de la Policía Bonaerense”, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, contemplando varias modificaciones en la estructura orgánica de la Policía. En primer lugar se disminuye el número de las denominadas “Superintendencias Generales”, las “Superintendencia de Seguridad” y las “Jefaturas Departamentales”. En cada caso obedece a circunscripciones de los diagramas territoriales policiales los cuales se encontraban a cargo de un Comisario General, jerarquía a las cuales se pasará a retiro a varios funcionarios. Por otra parte en las Superintendencias de Seguridad y Jefaturas Departamentales, se componen las cabeceras policiales en uno ó varios partidos del conurbano y del resto de la provincia a modo de reducción de dependencias y organismos de control, tendientes a centralizar en forma específica responsabilidades y funciones, como así el rediseño de las áreas de Investigaciones, Policía Científica, Narcotráfico y Delitos Complejos, éstas dos últimas tendientes a su unificación.
También se apunta a una nueva planificación y desarrollo de la Superintendencia de Policía Vial y Seguridad Islas, como también la creación de la Superintendencia de Inteligencia Criminal y la Superintendencia de Planificación y Operación Policial.
En materia de Asuntos Internos, se propugna una conducción civil y una “unidad independiente de investigación”.
Por otro lado, se apunta a una “nueva jerarquización” del rol del comisario, ordenado a su profesionalismo y responsabilidad definida, recomponiendo el formato de los ascensos, susceptibles de control y en base a méritos personales, restituyendo las otroras juntas de evaluación para ascensos. Se exigirán además declaraciones juradas de bienes e informes de antecedentes de los personales funcionarios Jefes desde la jerarquía de Subcomisario. Todo personal, por su parte, deberá realizar una evaluación periódica y una capacitación obligatoria y permanente, a la vez que se pondrán en marcha cursos de capacitación y formación post ingreso “adecuado” a cada especialización elegida en el denominado CAEEP (Centro de Altos Estudios de Especialidades Policiales), a modo de Instituto Universitario de la PFA.
Desde el punto de vista de la formación policial, se incrementará a nueve meses el curso de capacitación inicial, con exámenes psicofísicos, ambientales, lectoescritura y tendencia a equiparación formativa a niveles de la Policía Metropolitana, además de volver a su ingreso policial en los tres Institutos originarios existentes en la Provincia de Buenos Aires, la Escuela Juan Vucetich, la Escuela Coronel Dantas, ambas en la ciudad de La Plata y el Instituto de formación policial con sede en Bahía Blanca.
El plan presenta tres puntos fundamentales en su diseño estratégico: tecnología, equipamiento e infraestructura. En lo tecnológico se apunta a la modernización del sistema de comunicaciones, la informatización estructural de la red de dependencias policiales y equipamiento del laboratorio Central de Policía Científica y la adquisición de scanners para control de contrabando y tráfico de drogas en las rutas. También la adquisición de equipamiento tecnológico para pericias de audio y video, un sistema on-line de control y mantenimiento del patrimonio funcional y operativo de la fuerza, como también el reequipamiento individual de cada efectivo (armamento, linterna, chalecos con chip, elementos de defensa personal, comunicación, geoposicionamiento y uniforme) y una nueva placa identificatoria. Desde el punto de vista estructural, además de modificaciones edilicias y creación de edificios nuevos con unidades policiales de investigación y científicos, también comprende una suerte de “cambio de imagen” respecto de la sociedad, agilizando la atención y servicio al público con principios de control y participación ciudadanas.
Finalmente, se ha anunciado hace unos días, que el oficialismo enviará al Congreso una propuesta para modificar distintos aspectos de la seguridad, entre los que se incluirá la figura del arrepentido, donde se busca disminuir la condena para el caso de brindar datos e información sobre los altos mandos de las bandas u organizaciones delictivas, la posibilidad de extinguir el dominio respecto de quienes hayan contratado de manera ilícita, el procedimiento de flagrancia, con el objetivo de realizar un juicio expedido a aquellos delincuentes que hayan sido descubiertos durante la producción de un ilícito, y también una modificación en la ley de precursores químicos, buscando una actualización permanente de los agentes inyectores de droga en la sociedad.
Al respecto, Esteban Rigui hace referencia al denominado Agente Provocador, como el sujeto que instiga a otro a cometer un delito con fines de investigación policial, ya que sólo pretende que se llegue a la tentativa del hecho principal. El mismo se encuentra regulado en el art. 31 bis de la Ley 23737 que reprime el tráfico de estupefacientes y prevé la utilización de agentes encubiertos, cuya impunidad requiere que se trate de comportamientos adecuados al derecho vigente, entren en consideración bienes jurídicos fundamentales y no existan alternativas para interrumpir una serie de hechos punibles. La doctrina señala que se trata de sujetos que inducen con el objeto de hacer incurrir en la tentativa del delito, sin llegar a la consumación del mismo por resultar impedido con la actuación judicial y sin tener la verdadera intención de consumarlo.
Por otro lado, el denominado procedimiento de “flagrancia”, ya existente en la Provincia de Buenos Aires, para cierto tipo de delitos presenta los acortamientos de plazo para el juicio respecto de la persona descubierta en el momento de cometer el delito ó tras acabar de cometerlo, generando un proceso especial denominado “multipropósito”, donde el juez, en una audiencia especial solicitada, resuelve la totalidad de las cuestiones que se pueden plantear en un juicio común, finalizando el proceso con la condena ó absolución del procesado.
Otros de los aspectos referidos en la intención del proyecto es el denominado control de precursores químicos, actualmente regulados el Registro Nacional de Precursores Químicos, (www.renpre.gov.ar) , buscando profundizar en los controles, la obligación de inscripción y la ampliación de sustancias susceptibles de inscripción.
Por último, a modo de las previsiones del artículo 23 del Código Penal que, en caso de condena por la realización de un delito, regula el decomiso de los bienes y objetos que han servido para cometerlo ó las cosas ó ganancias generada en provecho del mismo en favor del Estado Nacional, ampliando tal destino a aquellos que han contratado de manera ilícita.
Luego de describir las novedades en materia de seguridad pública, caben varias reflexiones. En primer lugar es destacable la intención política conjunta de arribar la problemática del delito en un contexto común, con abordaje de capacitación, medios y disponibilidad tendientes a lograr las mismas, lo llamativo es que esto se logró después que hubiera unidad política en las decisiones de una misma facción, es decir, cuando se alinean con bloques políticos idénticos, el Gobierno Nacional, la C.A.B.A y la Provincia de Buenos Aires, haciendo votos que sería ideal que lo mismo ocurriera cuando las facciones políticas son distintas.
Por otro lado las reformas realizadas en la Policía Bonaerense, retoman la línea estructural previa a las modificaciones realizadas por Leon Arslanián en los 90, ya que retoman el modelo de la vieja Ley 9550 de Policía, en lo atinente a la centralización de conducciones y valoración de ascensos con la Junta de Calificaciones.
Como corolario los anuncios efectuados ayudan al abordaje sistemático de la problemática, en especial al presentar coordinación e intención política, tecnología y destinos presupuestarios adecuados a los niveles de exigencia, elementos que, hasta el momento por lo menos en conjunto, no se habían unido para un tratamiento integral. Estaremos a la expectativa favorable de sus resultancias.