La Organización de Estados Americanos (OEA) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) expresan en sus declaraciones el derecho soberano de cada Estado a identificar sus propias prioridades de seguridad y definir planes de acción y estrategias, enmarcadas dentro de una política nacional que contribuya a la defensa de la seguridad.

En este sentido, se considera imperante trabajar para consolidar la paz, alcanzar un desarrollo integral de la justicia social basada en valores democráticos, promover la solidaridad, la cooperación y el respeto por la soberanía, y sobre todo velar por el respeto, la promoción y la defensa de los derechos humanos.

La Seguridad Pública es una contribución de todos los componentes sociales que participan con niveles de responsabilidad distintos. No obstante, la responsabilidad mayor recae en los órganos estatales. En consecuencia, para construir una definición de Seguridad Pública se toma el concepto de seguridad expresado en las “Aclaraciones previas” proyectándolo al ámbito de lo público. Es decir, llevándolo donde la actividad estatal se patentiza por el ejercicio de sus potestades a través de diferentes funciones, sean éstas de orientación, organización, administración, planificación, dirección, fiscalización, prevención, represión.

La Seguridad Pública constituirá entonces la situación política y social en la que las personas tienen legal y efectivamente garantizado el goce pleno de sus derechos –considerados éstos no solamente como principios o garantías formales sino también como prácticas sociales– a defender y hacer protegidos en su vida, su libertad, su integridad y bienestar personal, su honor, su propiedad, su igualdad de oportunidades, su efectiva participación en la organización política, económica y social, así como en su igualdad ante la ley, su independencia ante los poderes del Estado, y a obtener el pleno resguardo de la totalidad de los derechos y garantías emanadas del Estado de derecho.

Esta noción de instrumento finalista debe distinguirse de la expresión Política Criminal (Kriminalpolitik). Zaffaroni la señala originaria de Feuerbach y Hendler2 entre otros doctrinarios alemanes. Se dice que una buena política social es la mejor política criminal, de modo tal que toda política criminal debe responder al tipo de política general, establecido por el poder central y el tipo de Estado que la desarrolla.

Todo ello consignado a nivel normativo. No es lo mismo un Estado totalitario que uno democrático. Por lo que la participación de una política sobre otra forma parte de los principios de política general en donde se establecen los derechos que han de protegerse.

Algunos la conciben de dos formas. Como un arte al conformar una rama de la política general otros como una ciencia al tratarse de una disciplina de observación y análisis de conocimientos. Diaz Arana la consigna como una ciencia independiente cuyo objeto es el funcionamiento de una norma penal con el fin de realizar propuestas de reformar al derecho penal. Moises Moreno la define como la política que el Estado adopta para cumplir su función en materia criminal teniendo como objetivo la lucha del delito y el conjunto de las estrategias a tal efecto implementadas.

Resultando dos proyecciones distintas, una de naturaleza operativa funcional, la otra de raíz teórica-dogmática. Pero los conceptos desarrollados son interdependientes. Así la finalidad última de la política criminal tendiente a lograr la seguridad pública, es reducir los límites de delincuencia hasta niveles tolerables mediante dos pilares específicos, el castigo, (punishment en los países sajones, elemento propio del derecho penal que estudia el delito, la pena y su autor) y la prevención. La prevención es conocer con anticipacion la probabilidad de una conducta criminal disponiendo los medios necesarios para evitarla.

Autores como Pedro Peñaloza, señalan que la prevención puede ser restringida o amplia. Esta última, excluyendo la amenaza penal o para-penal, como la intimidación de la pena o la amenaza de actuación policial, puede ampliarse a medidas no penales, de amplia variedad como puede ser desde medidas ambientales en la comunidad, pasando incluso por el alumbrado público o la poda de árboles y/o desmonte de terrenos, hasta el desarrollo integral del Estado, pasando por la educación, el empleo, la salud, la vivienda, como factores descendentes de criminalidad. Así se pueden señalar distintos tipos de prevención, clasificándolos según sea:

a· la intensidad de intervención: 1· Primaria, aquella en cabeza de legisladores y gobierno en general, destinado a la aplicación de una política social adecuada. 2· Secundaria, aquella respecto de personas con tendencia o probabilidad a la criminalidad, jóvenes en estado de riesgo. 3· Terciaria, para evitar de personas que ya cometieron delitos

b· según la finalidad de la sanción penal: teorías de la prevención general (la pena tomada como una advertencia para evitar otros delitos) que a su vez puede ser positiva (la imposición de una condena para demostrar la efectividad del sistema) o negativa (la misma pena con un sentido de evitación de nuevos delitos) o teorías de la prevención especial (orientadas a evitar la reiteración individual de delitos, que a su vez puede ser positiva (la pena sirve como re-educación social) o negativa (la pena individual sirve para que la persona no vuelva a cometer delitos).

ENSAYANDO CAUSALES

Desde hace unos años a esta fecha, el aumento de la inseguridad se ha visto incrementado considerablemente por la comisión de un mayor número de delitos, que se caracterizan por su comisión violenta y que afectan los bienes más queridos de los integrantes de la sociedad. Esta última es conteste en expresar que, en comparación con “años atrás, siempre hubo crímenes y delincuentes, pero no como ahora”, comentario que suele oírse entre los vecinos de la comunidad. Delitos contra la vida, la libertad y la propiedad entre otros, afectan diariamente a sus integrantes, y la más de las veces cometidos con proyección a la búsqueda de bienes patrimoniales como botín. Con la propuesta de ensayar un planteo de las diversas causas generadoras de la situación de inseguridad actual, se pueden dividir las mismas en tres aspectos no excluyentes y coordinados entre sí:

Causas culturales:

a· Sin duda la progresiva desculturización de valores sociales, conforma una de las causas del agravamiento de delitos. La pérdida creciente de ideales morales, la falta de respeto, apatía, ausencia de conciencia comunitaria y la violencia creciente, operan como generadores de criminalidad. Por otro lado, en sustitución a dicha pérdida en aumento, se genera progresivamente en cambio una escala de valores falsificada o desviada de su natural contenido (por ejemplo el fomento de los temas musicales que exitan la violencia, el crimen y la drogadicción, entre otros), con evidente distorsión en los fines que persigue, implícitamente inmorales y de explícita ilicitud.

b· En este contexto, la falta de contención del Estado en materia educativa, asistencial y de desarrollo social con fines productivos, amén de la ausencia de objetivos claros en materia laboral, desocupación e inseguridad jurídica, obligan a los jóvenes a no tener expectativas de futuro y a transitar por la delincuencia como alternativa de ingresos, circunstancias todas que motivan la marginalidad como caldo de cultivo para la criminalidad.

c· Otro factor señalado por Andrés J.D. Alessio en su publicación “La política criminal en la Argentina. Entre la Razón y el Miedo”3 está relacionado con el narcotráfico, (el cual no puede ser minimizado por resultar de afectación específica socio-cultural ) y consiste en la conversión de la Argentina, – catalogado hasta la década del 90 como país “de tránsito” – a conformarse en un país consumidor de esas sustancias , como seguro inductor de la comisión de delitos, “ya sea por vía del discutible efecto inhibidor del control de impulsos sino también por crear la necesidad de contar con el dinero necesario para adquirir sustancias”, circuito criminal que encuentra su asiento en las denominadas “villas miserias”, asentamientos totalmente distintos de los complejos habitacionales de antaño donde medianamente cohabitaban pacíficamente sus moradores. Esto es aprovechado por las organizaciones criminales de envergadura que, con diversos niveles y jerarquías de gestión, operan en gran escala manipulando la marginalidad.

d· Contextos culturales sustitutos. Al no poder integrarse en la sociedad de consumo normal, clases sociales más bajas conforman su estrato cultural en el culto a la ilicitud como reacción y ataque al sistema que los aparta, fenómeno incipiente en los barrios emergentes de nuestro país, aunque no ajeno al mismo fenómeno mundialmente reconocido (favelas en Brasil o maras centroamericanas).

Causas económicas:

Como bien señala el autor citado en el párrafo precedente se alude a que, en el último medio siglo, y especialmente en la década de los 90, se generaron factores criminógenos de incidencia directa a la creciente pauperización de nuestro país como ser:

· Empobrecimiento continuo de la clase media, que dejó de ser el grueso del tejido social.

· Práctica del consumismo excesivo y la inducción a adquirir productos de moda por parte de los jóvenes para estar a la par de los miembros de su generación, en detrimento de las relaciones familiares que resintieron los lazos de familia considerablemente, máxime sopesando que los padres debían ausentarse de su hogar por largos períodos para lograr su subsistencia.

· Veneración del exitismo y la estética (lindos, exitosos y famosos) en un ambiente social competitivo y de intensa rivalidad, como estado de situación que produce un continuo degradamiento de la integridad humana y pérdida de anhelos y mejoramiento personal, ante la falta de posibilidades laborales y progresión social, que lleva a los jóvenes a refugiarse en las adicciones y en la droga, para saciar la creciente angustia y sensación de vacío existencial natural del hombre.

· Crisis económica y financiera, lamentablemente cíclica en nuestra economía (fines de los años ‘80, crisis del 2001, etc.) que no sólo afectó los ahorros existentes y su capacidad para crearlos, sino también “sentó un ejemplo de desprecio a la ley desde el propio gobierno que incrementó la endémica tendencia argentina a la anomia”. (ello en consonancia con el desmejoramiento económico que tradicionalmente y en forma periódica sufre el país, “rodrigazo”, “hiperinflación”, etc.).

Causas jurídicas:

En un perfil jurídico penal, las circunstancias no son muy distintas.

· Desde un punto de vista mundial, (con lo cual se aprecia que la criminalidad no solo es un problema regional) es reconocido el fracaso de las teorías y políticas criminales con la reconocida frase “nothing works” (nada funciona) y la incipiente doctrina del derecho penal “del enemigo” que pone de manifiesto el contrapunto entre la civilidad y la marginalidad, son efectos dogmáticos de la complejidad del problema.

De esta forma, las nuevas tendencias de persecución penal en el Viejo Mundo son susceptibles de instalarse en nuestras tierras, más teniendo en cuenta nuestras raíces históricas ítalo-hispanas. Van Swaaningen4 señala que “ la redefinición de prioridades económicas, políticas y sociales ha traído cambios al sistema de persecución penal afectada por los siguientes factores: a) una mayor participación de la víctima, b) la centralidad del delito en el debate público, c) la ampliación del concepto de delito para abarcar la inseguridad, d) la aplicación de nuevas técnicas tecnológicas para la prevención…El conjunto de estas tendencias se conoce como “justicia actuarial” una nueva clase de control penal basado en la evolución del riesgo más que en los principios penales tradicionales. El giro hacia este sistema coincide con el abandono por parte de la sociedad de ideales positivos de progreso e inclusión colectiva y la adopción de la lógica de limitación del riesgo…..el delito se toma como un fenómeno normal y la cuestión central es gerenciarlo eficientemente, acorde las reglas de mercado y empresa (…) “De éste modo la punibilidad mantiene su función simbólica como discurso para el público en general, distinguiendo los incluídos al sistema productivo de los socialmente excluídos, beneficiando el discurso politico proselitista y las empresas de seguridad (física y electrónica). Contemplar la inseguridad como un fenóneno normal y necesario, no es nuevo. La criminología del siglo XIX, con Durkheim a la cabeza, así lo estableció como un fenómeno sociológico. Pero asignarle un ribete funcional, económico y político electoral, es desfazar su sentido original. Estas cosas no le interesan a las víctimas de robos de cualquier naturaleza y familiares que hayan perdido a un ser querido por un homicidio. No hay que perder el norte de la gravedad moral del delito, porque, fenómeno esperable o no, por un lado denota un deterioro mayor del baluarte ético de un pueblo.

Causas políticas:

La respuesta del Estado ante ésta problemática de crecimiento continuo fue siempre parcial, inconstante y circunstancial, abordando aspectos sectoriales de calidad coyuntural.

· Instauración de políticas legislativas con agravamiento de penas, sin la consiguiente implementación operativa de dichas reformas y otras gestiones de naturaleza incompleta, la más de las veces con acciones colegidas en correlato a campañas proselitistas en vísperas de actos eleccionarios, o respondiendo a incentivos mediáticos del periodismo sensacionalista en pro del lucrativo y consabido “rating”. Señala Daniel Erbetta en su obra “Seguridad Ciudadana: las viejas recetas del fracaso”5 “La política criminal y de seguridad de un país no pueden ser el resultado de reacciones emocionales o espasmódicas. Todos compartimos el dolor de tantos hermanos golpeados por éstos repugnantes crímenes, queremos el juicio y castigo de los culpables pero no podemos caer en la trampa que ha dominado esta cuestión. Estas políticas no pueden diseñarse por televisión…Porque no es la primera vez que frente al aumento de los delitos y el impacto de algunos crímenes aberrantes se postule como correlato la necesidad de incrementar la violencia, aumentar las penas, reducir el límite de edad de los menores, conceder más facultades policiales, etc. Viejas recetas de probado fracaso”. La constante “tematización” de los multimedios de comunicación (al decir de Umberto Eco) de las situaciones de inseguridad existentes, no reflejan un muestreo estadístico que indique un parámetro mínimo o fracción de la realidad, operando tal circunstancia como un incitador a la sensación de inseguridad existente.6

Este punto no es menor. Señala Sabadini7“Estos fenómenos producto no sólo de los cambios macroeconómicos y tecnológicos sino de la presencia de una sociedad propensa al riesgo, donde los medios de comunicación juegan un rol fundamental muchas veces en tono alarmante creando mayor inseguridad, la demanda de más punición o la gran brecha que separa a los poderosos de los que menos poseen, forman un coctel que desembocará en la creación de nuevas figuras penales, la irrefrenable tipificación de delitos de peligro abstracto que esta provocando que algunos códigos penales modernos “aumenten de peso”…. En particular refiriendo además “…del inmenso mundo de la criminología mediática puede detectarse un discurso ocasional no institucional del enemigo, cuya mirada etiquetante está al servicio y por voluntad de los intereses de las corporaciones periodísticas. El delito y sus costados morbosos venden periódicos y audiencia, aprovechado ello por las interacciones del mercado”

· Limitadas comunicación y coordinación existente entre los diversos operadores del sistema (justicia-policía-comunidad), amén de la inadecuada o escasa implementación de infraestructura concordante y balanceada respecto de los dos primeros, generan un desenvolvimiento trabajoso del sistema penal, que conlleva a una tardía respuesta del Estado a una necesidad creciente.

· Finalmente y bajo el argumento de los denominados “nuevos planes de inseguridad” la reacción del Estado no deja de ser un “combo McDonaldeano” de soluciones mágicas y retóricas en secuencias de prueba y error para todos los problemas sociales con evidentes finalidades cosméticas para lograr mejorar la imagen política.

Causas internacionales:

· Incremento del delito organizado

· Mayor profusión del narcotráfico en menor y mediana escala. No así a gran escala, ya que los “carteles” no necesitan una confrontación frontal con los poderes públicos, (como sucede en Brasil o en Colombia) y ello se debe en nuestro país a la falta de políticas públicas que se ocupen del tema y al incremento progresivo de la corrupción, de modo tal que el narcotráfico se ve beneficiado con tales deficiencias que no lo llevan a exhibirse directamente como un enemigo frontal y de magnitud.

· Terrorismo y manipulación financiera internacional, generado a causa del lavado de dinero.

LA POLICÍA

La noción de policía implica un ideario vinculado al ejercicio de poder político. Más concretamente al ejercicio de gobierno. Por ello es un concepto común, tanto para el estado de derecho como para el gobierno totalitario. Pero en su plenitud siguiendo a Gordillo8: “Policía sería la noción referida a la potestad que tiene la administración, por supuesto que subordinada a la ley y a la Constitución, para preservar el bien común en pro de ciertos objetivos que pueden ser seguridad, salubridad, moralidad. Incluso pueden ser más: La estética pública, la economía colectiva, el bienestar social, etc. El Poder de Policía, por su parte, sería la noción que describe la potestad que tiene el Congreso, no la administración, dentro del marco de la Constitución y bajo el principio de razonabilidad y por cierto bajo control judicial, de limitar los derechos de los individuos en pro del bien común, para satisfacer principios del bien general. De ese modo la noción que se caratula como Poder de Policía sería orgánica, puesta en cabeza del Poder Legislativo, bajo control judicial y bajo supremacía constitucional —y hoy en día de los Tratados de derechos humanos y demás Tratados internacionales— pero una facultad legislativa: Del Congreso de la Nación, claramente. La noción de Policía como facultad administrativa corresponde en este esquema al Poder Ejecutivo y sus órganos dependientes nsometida ya no sólo a la Constitución sino también a la legislación. Es actividad sublegal por excelencia”.

Sobre este estamento concebido el ejercicio del poder de policía tiene varios sentidos, uno de los cuales, el más conocido y cuestionado, es el vinculado a la policía de seguridad. Históricamente, la policía como facción armada tuvo estrecha relación con los ámbitos castrenses emparentando su función con la de las fuerzas militares, si bien no orientadas como las mismas, pero ordenadas al bien comunitario y la seguridad interior. Este perfil militarista fue mantenido a lo largo de décadas. Dicho modelo denominado represivo se caracteriza por tener una finalidad reactiva y acondicionada a paradigmas estrictos, aislada del poder civil, y estructurada en su conducción.

Tiene un perfil de liderazgo jerárquico y de mando subordinado verticalista. Se orientan a la actuación post-delictual y poseen actividades regladas con tareas y procedimientos estancos. El comando militarizado, las tácticas de actuación represivas basadas en despliegue de efectivos y comunicación estratégica, la imagen del uniforme simbólico y la presencia preventiva constituyen sus principales paradigmas de actuación. Responden a perfiles de cumplimiento estadísticos y mandatos de política criminal. La mayoría de los países europeos originarios y los propios de América fueron referentes de ese modelo tradicional.

Pero una nueva variante vinculada al tratamiento de los derechos humanos y los tratados internacionales suscriptos entre las naciones han comenzado a dar origen a un nuevo modelo policial más inclusivo y comunitario. Es tan importante como modelo policial que los nuevos lineamientos de prevención antiterrorista confían en las fuerzas policiales incluidas en la comunidad, a distinción del modelo tradicional aislado y distante de la vecindad. Implica un nuevo concepto de tratamiento de la seguridad, diverso del concepto clásico de arriba hacia abajo (descendente) del Estado a la comunidad sino que implica un lineamiento ascendente, de la comunidad al Estado: foros de seguridad, control de policía comunitaria, ONG de cooperación comunitaria y otros nuevos institutos así lo prueban. El modelo de policía comunitaria o de inclusión es de naturaleza proactiva, y no reactiva como el modelo tradicional. En ella predomina la transversalidad heterárquica en un perfil de operador de naturaleza civil disfuncional.

Su enfoque es orientado hacia la comunidad en conjunto y no de naturaleza “gendarme” como el modelo clásico. Orientada a la prevención en material social y de contención, busca respuestas y vías de actuación alternativas, en donde es predominante la decisión de los actores inmediatos, no resultando definitivas las decisiones jerárquicas, ya que su organización se basa por los resultados no esencialmente estadísticos y su conducción genera un perfil de liderazgo de estímulo y facilitación, distinto de la relación mando-obediencia como modelo a seguir del perfil militarista.

Este nuevo modelo policial ha sido utilizado con éxito en Gran Bretaña, Canadá, incluso en Chile, con una modalidad eclética que toma ambos modelos (con el denominado Plan cuadrante) y últimamente en las favelas de Brasil para oponerse al terreno ganado por el narcotráfico. Nuestro país, carece un modelo definido en completo, ya que se bien presenta orientación militarista, su política se define por actitudes espasmódicas, con escasa modernización, reformas legislativas de naturaleza penal y procesal penal no acondicionadas a la realidad y escasa a nula atención a los problemas de contención de la población vulnerable en la criminalidad para prevenir el delito. Un clásico argentino.