En tiempos remotos, el término “educación” hacía referencia a una suerte de mayéutica socrática, una operación de conducción del educador al educando, en el sentido en que el educando tenía una dinámica de aprendizaje que el educador canalizaba, como un “conducir aquello que estaba llamado a ser”, como los padres que acompañan al niño en sus primeros pasos. En ese concepto, el educador era un “paidotriba”, un acompañador del trabajo educativo. No obstante, haber variado el concepto de educación, en el devenir de las épocas, hoy la idea concibe un trabajo de producción a la usanza modernista. Se trata de recibir saberes, haceres y sentires previos, al proceso educativo, luego del cual se incorporan haceres, saberes y sentires, posteriores a dicho proceso.

En Argentina, la regulación de la educación se encuentra establecida en la Ley 24.195, como Ley Federal de Educación; la 26.206 de Educación Nacional y la 24.521 de Educación Superior. El juego de las mismas establece cuatro niveles de educación: inicial, primaria, secundaria y superior. Este último nivel, modificado por una norma reciente, amplía las condiciones de ingreso y acceso a la educación de nivel superior, como el ingreso irrestricto y la ausencia de exámenes de ingreso o cursos de nivelación previos a la inscripción a carreras.

Educación Superior y Posgrados

La primera comprende tres niveles: carreras terciarias o de pregrado; carreras de grado y carreras de posgrado, diferenciándose los dos primeros casos, por la carga horaria de las clases y la cantidad de asignaturas durante su cursada (según el plan de estudios de cada carrera de modalidad presencial, semi presencial o a distancia).

Mientras que en los posgrados existen a su vez tres niveles: especialización, maestría o magister y doctorado, diferenciados según su carga horaria, experticia, intensidad de contenidos y modalidad de evaluación final (trabajo final, tesina o tesis).

Al existir mayores operadores específicos, se genera la oferta académica en contenidos en seguridad

Todo este universo educativo de cursadas y promocionalidad se halla regulado por el Ministerio de Educación; la Dirección Nacional de Gestión Universitaria y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), organismos nacionales que receptan de las universidades (como entes financieramente autárquicos y autónomamente formativos) la presentación de carreras, planes de estudio y programas ofertados, los cuales luego de un procedimiento de validación y acreditación, son reconocidos finalmente.

Las carreras y planes de estudio requieren de esa validación para su reconocimiento nacional e internacional, en este último caso, según los convenios que nuestro país firme con otros Estados, para la verificación del título universitario en el resto del país y en otros países, con la finalidad de su ejercicio profesional. Este procedimiento no es estático ni único. La CONEAU, periódicamente, exige acreditación y revalidación de carreras a las universidades, mediante un comité de pares evaluadores integrado por docentes de la entidad universitaria, invitados de otras universidades y del organismo estatal evaluador, dando solidez y actualización a la oferta académica de la entidad.

Toda esta introducción sobre la educación y sus organismos respectivos del nivel superior, conforma un sustrato común al conocimiento vinculado al ámbito de la seguridad, el cual ha avanzado muy recientemente. Sin entrar a enumerar los cursos y capacitaciones efectuados desde diversos sitios del área tendientes a formar operadores en seguridad (siempre desde la óptica privada, recordando que la dinámica atinente a la naturaleza pública fue tratada, oportunamente, en otra edición1 ) se parte de la base de que la formación en seguridad privada y el arribo al conocimiento en seguridad es costoso y disperso, en especial, cuando está enfocado a orientaciones específicas en seguridad como: la seguridad electrónica.

Dicha formación adquiere reconocimiento cualitativo en el ramo por convalidación institucional realizada a través de las Cámaras que agrupan a los operadores del mercado de la seguridad (CASEL, CAESI, etc.), o por certificaciones de calidad IRAM, no ocurriendo así con el resto de los operadores del ramo, vinculados a la seguridad física.2

Sin perjuicio de ello, en la educación de nivel terciario o universitario, se han creado ofertas de formación en seguridad, dadas a través de universidades tanto públicas como privadas. Ya sea desde cursos introductorios para el desempeño en seguridad,3 como también dentro del formato de tecnicaturas, como carreras de pregrado, o licenciaturas.

Muchas casas de altos estudios han destacado avances en formación relacionada con la seguridad. Tanto las Universidades exclusivas de las fuerzas de seguridad: Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina; Instituto Universitario Aeronáutico; Instituto Universitario de Gendarmería Nacional; Instituto Universitario del Ejército; Instituto Universitario de Seguridad Marítima, como las Universidades Nacionales (Universidad Nacional de Avellaneda; Universidad Nacional de Lomas de Zamora; Universidad Nacional de Lanús; Universidad Nacional de Cuyo; Universidad Nacional del Litoral; Universidad Tecnológica Nacional, entre otras) y también Universidades Privadas (como Universidad de Morón; Universidad Blas Pascal; Siglo XXI; Santo Tomás de Aquino, etc. ) ofrecen carreras de pregrado con título de tecnicatura y grado a nivel licenciatura y algunas de posgrado, capacitaciones y magister, en los diversos ribetes que la seguridad tiene actuación, con mayor o menor intensidad de contenidos y horarios según las ramas temáticas que sean,por ejemplo bajo el encuadre de Tecnicatura o Licenciatura pueden ser orientadas a:

  • Seguridad e higiene en el trabajo.
  • Seguridad ciudadana.
  • Seguridad empresarial.
  • Seguridad social.
  • Seguridad urbana y portuaria.
  • Seguridad y defensa.
  • Seguridad pública.
  • Tecnologías de la información.
  • Seguridad bancaria.

Muchas de ellas se inician como carrera de pregrado (tecnicatura, con requisitos previos de título secundario o medio completo, o complementación del artículo 7mo de la Ley 24521) (VER RECUADRO 1) para luego continuar con otros grupos de asignaturas, que complementan la tecnicatura hasta su graduación como licenciatura.

Generalmente, según el contenido de las asignaturas y su carga horaria, son reconocidas asignaturas entre universidades por trámite de equivalencia temáticas, siendo validadas además entre universidades, las tecnicaturas alcanzadas en una universidad para continuar las mismas como carrera de grado en otra.

Sin perjuicio de la tendencia formativa que orienta a la capacitación en seguridad no sólo para el aporte de trayectoria y currículum profesional, solvencia, excelencia y formación para desempeño de actuación, también los títulos de grado son reconocidos por diversos sectores de la seguridad como requisitos para acceso de cargos determinados, ascensos y escalafones superiores. La Ley 1913 de Seguridad Privada de la CABA, por ejemplo, requiere que el responsable de la empresa de seguridad sea profesional con título de grado como Licenciado en Seguridad.

Dejando de lado el abono de contenidos específicos de orientación pedagógica, según la tendencia de la rama de la seguridad que formule la oferta académica de cada universidad, se pueden definir dos grandes grupos temáticos de naturaleza fundamental en la educación en seguridad: por un lado la enseñanza de contenidos de naturaleza social y por el otro, temas de naturaleza técnica. En mayor o menor medida estos dos universos temáticos nutren los saberes y haceres de los operadores de seguridad. De esta forma los contenidos de naturaleza social, a su vez están conformados por contenidos normativos (leyes, decretos, resoluciones administrativas, etc.) que regulan situaciones, actividades, capacidades y relaciones vinculadas con la seguridad, pero también está conformada por contenidos teóricos de naturaleza sociológica, entendiendo la dualidad seguridad/inseguridad, como el resultado de la vida de relación social o de actividades humanas individuales.

Si bien, desde el aspecto del estudio de normas se parte de una base jurídica definida (la ley o el decreto y su estudio), donde las opiniones están formadas a través de la doctrina, en la teoría de relación social, los elementos de estudio son la opinión experta y las investigaciones científicas.

Las carreras registradas por el Ministerio de Educación a través de la Dirección Nac. de Gestión Universitaria, se pueden acceder a través del sitio: http://titulosoficiales.siu.edu.ar/.

Por otro lado, en el marco de la formación técnica, la experticia profesional, la especificidad de la tendencia en seguridad que la carrera se oriente y el conocimiento en la manipulación de los insumos específicos vinculados a la rama, conforman la materia continencial de formación educativa.

De esta forma, dentro del marco normativo no puede faltar el conocimiento de Derechos Humanos y Derecho Constitucional, Derecho Penal y de procedimientos y nociones de Derecho Civil. En el marco de relación social: nociones de criminología, sociología, psicología, ética y deontología; mientras que en el marco técnico: nociones de seguridad, clasificación y tendencias en seguridad, políticas en seguridad, gestión y organización institucional, prevención, análisis y estudio de riesgos, criminalística y metodología de investigación científica.

En su momento se trató el supuesto antagonismo entre la seguridad física y la seguridad electrónica, dentro del marco de la seguridad privada4 (RM-n 19 y RM-n 23), desde donde se sostuvo una tendencia al incremento de la oferta de seguridad electrónica por sobre la seguridad física.

No obstante concluir y sostener que existe una convergencia entre ambas, ya que una complementa a la otra, cabe preguntarse: ¿La capacitación en seguridad incide en la oferta del mercado? Si se intensifica la formación en seguridad con mayor tendencia técnica que social, ¿esto incidirá en la prestación del servicio en seguridad?

A modo de fundada opinión entiendo que la capacitación en seguridad así planteada no opera como una variable incidental significativa en la tendencia del mercado, sino que en una hipótesis contraria, se podría señalar que la incidencia específica del mercado en seguridad, sería un motivador para generar mayor oferta académica de nivel superior. Lo cierto es que, tras pasar revista a las carreras vinculadas con la seguridad reconocidas por el Ministerio de Educación, se denota variedad y equilibrio tanto en la formación orientada a la seguridad pública como la privada y, esta última con ramas específicas dentro de la seguridad y la seguridad electrónica. Habrá que ver cómo se desarrollan y generan las necesidades en la sociedad, que a su vez vayan conformando nuevas ofertas académicas formativas a sus operadores respectivos.


1 Véase RM-n 26.
2 Tanto la CABA como la Prov. de Bs.As., cada una respectivamente, a través de la Dirección Gral. de Seguridad Privada y la Dirección Gral. de
Fiscalización de Agencias de Seguridad Privada, mantienen registros de capacitadores y cursos en seguridad.
3 Como el Curso Básico de Capacitación Inicial para cumplir servicios de Seguridad Privada (www.ucaece.edu.ar)
4 Véase RM-n 19 y RM-n 23.